sábado, 20 de octubre de 2012

¿Tengo derecho al tratamiento de fertilidad? | Sociedad | EL PAÍS

¿Tengo derecho al tratamiento de fertilidad? | Sociedad | EL PAÍS

¿Tengo derecho al tratamiento de fertilidad?

La mayoría de las autonomías no asumen la terapia para solteras o parejas homoparentales

La revisión de la cartera de servicios amenaza con eliminar esta posibilidad donde aún se permite

Los tratamientos de fertilidad de la sanidad pública difieren entre las distintas comunidades autónomas. / getty

En el País Vasco, Andalucía o Baleares, una lesbiana o una mujer soltera puede acudir a un centro de reproducción asistida de la red sanitaria pública y someterse a un tratamiento para ser madre. En Madrid, Cataluña, Murcia o Castilla-La Mancha, no. En estas comunidades autónomas la mujer no tendrá más remedio que pagar a un centro privado para quedarse embarazada.

La ley es igual para todas las administraciones sanitarias. Lo que marca la diferencia es la interpretación que se hace en cada una de ellas. En especial del requisito que alude a la necesidad de que exista “un diagnóstico de esterilidad o una indicación clínica”. Más aún, depende de lo que los departamentos de salud entienden por esterilidad. Si es una cuestión estrictamente fisiológica o si va más allá, en cuyo caso, se considera que no solo se trata de resolver problemas puntuales de trastornos de la capacidad reproductiva, sino hacer accesible la maternidad a los distintos modelos de familia. De ahí las acusaciones de que los posicionamientos más restrictivos están alimentados por argumentos ideológicos que limitan el concepto de familia a la unión formada por un hombre y una mujer.

Cobertura por comunidades

Existen diferencias asistenciales entre regiones, como refleja la información facilitada a este diario por diversos sistemas de salud autonómicos.
- Andalucía: En la gran mayoría de los hospitales se atiende a solteras o lesbianas, salvo algún ginecólogo que se acoge a la literalidad de la norma que exige un diagnóstico clínico de esterilidad para negarse.
- Baleares: También se atiende, los requisitos son ser mayor de 40 años, no tener un hijo sano de la misma pareja o ser VIH negativo.
- País Vasco: Las mujeres sin pareja masculina pueden acceder siempre que sean menores de 40 años. Se permiten hasta tres ciclos de fecundación in vitro y entre cuatro y seis de inseminación artificial.
- Madrid: Solo pueden acceder mujeres con diagnóstico de esterilidad. Tampoco se permite a personas con vasectomía o ligadura de trompas.
- Cataluña: Limitado a parejas heterosexuales con diagnóstico clínico de esterilidad. Esta misma condición se aplica en otras autonomías como es el caso de Asturias, la Comunidad Valenciana, Murcia o Castilla-La Mancha.

La ley de Reproducción Asistida de 2006 deja bien claro que las usuarias de estas técnicas son las mujeres mayores de 18 años “con independencia de su estado civil y orientación sexual”. Ello, explícitamente, incluye a las solteras y a las lesbianas. Además, la medicina reproductiva actual no se limita a combatir los problemas de esterilidad de las parejas que no pueden tener hijos (normalmente, se entiende que hay un trastorno cuando transcurrido un año de relaciones sexuales no hay embarazo). También se extiende a parcelas como la prevención de enfermedades a través de técnicas como la selección genética de embriones. O a la medicina reproductiva con finalidad sustitutiva, aquella que sirve de alternativa a la reproducción sexual, no necesariamente vinculada a problemas de esterilidad. Bajo este concepto encajan los tratamientos tanto de mujeres solteras como de lesbianas con pareja.

En ambos casos, la ley no deja dudas de que son susceptibles de recibir tratamientos de reproducción asistida. E incluso que no cabe discriminación por orientación sexual o estado civil. De hecho, no existe ningún problema en acceder a técnicas de inseminación artificial o fecundación in vitro en centros de reproducción asistida privados.

Entonces, ¿cuál es el problema? No es lo mismo que sea legal con que la prestación esté incluida en el catálogo de servicios mínimos que ofrece la red sanitaria pública. El real decreto 1030/2006 define la lista de servicios que ofrece la Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud. En lo que hace referencia a la reproducción humana asistida, la cobertura se limita a los casos en los que exista “un diagnóstico de esterilidad o una indicación clínica establecida, de acuerdo con los programas de cada servicio de salud (...)”.

La ley es igual para todos, pero se interpreta de forma diferente

A esta redacción, un tanto abierta y ambigua, se han acogido los distintos sistemas de salud autonómicos que o han cerrado las puertas a las mujeres solteras o a las lesbianas, o nunca las tuvieron abiertas. Pero también para negar a otros potenciales pacientes como a mujeres que se hayan sometido previamente a una intervención de ligadura de trompas y deseen ser madres.

El debate sobre si la red pública debe hacer distinción entre las parejas heterosexuales u homosexuales o si debe dejar al margen a las solteras no es nuevo. Hace algo más de un año una pareja de mujeres asturianas denunció el veto de su comunidad autónoma a permitirles acceder a este servicio en un hospital público y puso el foco sobre esta cuestión. Pero desde entonces, la cuestión no ha perdido vigencia. Una muestra de ello es lo sucedido recientemente en la Comunidad Valenciana.

Las unidades de reproducción asistida de los principales hospitales públicos, salvo alguna excepción, trataban con normalidad tanto a solteras como a lesbianas, según apuntan distintas fuentes sanitarias. Y así ha sido a lo largo de los últimos años, hasta que la Generalitat ha dado un golpe de timón y se ha alineado con las autonomías que siguen la interpretación más limitada de la cartera de servicios.

Lo ha hecho a través de un documento distribuido entre las unidades de reproducción asistida y los servicios de ginecología de la red pública titulado Criterios para la prestación de técnicas de reproducción humana asistida en centros hospitalarios públicos que ha comenzado a aplicarse a la vuelta del verano.

Este texto solo reconoce como población subsidiaria de los tratamientos de fecundación a aquella “afectada por un trastorno clínico documentado de la capacidad reproductiva”. Además, añade: “los solicitantes deben acreditar su situación de pareja de convivencia, de hecho, o matrimonial”. También recuerda que se encuentran excluidas de financiación las prestaciones de reproducción asistida que se realicen “cuando la esterilidad de algún miembro de la pareja se haya producido voluntariamente”, lo que deja fuera a las parejas en las que la mujer se haya sometido a una ligadura de trompas o, en el caso de los hombres, a una vasectomía.

Valencia ha dado instrucciones para dejar de atender a estas mujeres

El documento remite al Real Decreto 1030/2006 para restringir de esta forma las técnicas de reproducción asistida e impedir el acceso de personas en las que “el motivo de la demanda sea una opción personal y no responda a motivos clínicos”. Y lanza una velada justificación económica al enmarcar este cambio de postura en “la evolución de la sociedad y de la sanidad pública”, motivos que han provocado la necesidad de “redefinir” los criterios de selección de pacientes valencianas.

Si algo aporta este documento es transparencia, al fijar unos criterios claros para acceder a los tratamientos de reproducción asistida. Tanto Luisa Notario, que hasta el mes de marzo fue responsable del grupo de familia de la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (FELGTB), como Francisco Pérez Milán, presidente de la Sociedad Española de Fertilidad (SEF), coinciden en la inequidad que supone para las lesbianas o a las mujeres solteras que el hecho de que puedan someterse a tratamientos de fecundidad en centros públicos dependa de su lugar de residencia. Incluso entre los distintos sistemas de salud que corren con los gastos, existen diferencias. “Algunas regiones asumen el coste del semen que se adquiere de los bancos privados para el proceso de fecundación [puede alcanzar los 300 euros]; otras no, y es la paciente la que corre con ello”, indica el presidente de la SEF.

Este argumento, el de la indefinición normativa y la consecuente heterogeneidad en las prestaciones en reproducción asistida de los centros públicos es uno de los principales motivos planteados por el Ministerio de Sanidad para comenzar por esta parcela la revisión de la cartera de servicios del sistema de salud (junto a la reproducción asistida están en el punto de mira los cribados, la rehabilitación y los implantes oftalmológicos).

Pero conviene no olvidar que la revisión de prestaciones forma parte del paquete de medidas de ajuste emprendidas por el departamento que dirige Ana Mato para ahorrar. Hasta el punto de que el ministerio prevé ahorrar hasta 700 millones de euros cuando se complete el cribado de prestaciones de la cartera.

Los profesionales niegan que vetar a estos colectivos implique ahorros

Por ello, desde algunos sectores —tanto profesionales de la reproducción asistida como asociaciones vinculadas a colectivos homosexuales— existe el temor de que, con la excusa de la homogeneización y, sobre todo, el ahorro, este proceso acabe por traducirse en una equiparación a la baja de prestaciones y se excluya en toda España la financiación pública de las técnicas de fecundación a lesbianas y solteras.

Pérez Milán, que acudió a la reunión del grupo de expertos convocada el pasado 14 de septiembre por el ministerio para abordar la revisión de las prestaciones en reproducción artificial, quiere darle una oportunidad a Sanidad. Este ginecólogo, que dirige el servicio de reproducción asistida del hospital Gregorio Marañón de Madrid, sostiene que se pueden adoptar medidas de ahorro “sin que ello implique una contracción en la cartera”.

Un ejemplo de ello estaría, según profesionales del sector, en la selección y adquisición de medicamentos más baratos, por ejemplo, los relacionados con la estimulación ovárica. Por ello considera que la revisión de la cartera puede ser una oportunidad para arrojar luz a la situación actual.

Luisa Notario es bastante menos optimista. “Creo que con la excusa de la situación económica y la crisis se va a meter la tijera y nos van a sacar fuera”. La activista del movimiento LGTB está convencida de que detrás de los argumentos económicos, como plantean tanto las nuevas directrices de la Comunidad Valenciana como el Ministerio, existe un sustrato ideológico que trata de obstaculizar el acceso a la maternidad a modelos de familia alternativos al tradicional.

Ana Monzó, es coordinadora de la unidad de reproducción asistida del hospital La Fe de Valencia y vicepresidenta de la SEF. Más allá de estos cargos, “como profesional” sostiene que no debe restringirse el acceso a lesbianas o mujeres solteras a los centros públicos: “lo considero muy injusto”. “La esterilidad es un problema médico y emocional”, añade. Pero además advierte de que dejar de atender a mujeres solteras o lesbianas no supondría ningún ahorro para las arcas públicas. Por un lado, porque este tipo de intervenciones son muy poco numerosas respecto a las que se practican a parejas heterosexuales. Pero, además, si se impide el acceso a estas mujeres, su lugar en la lista de espera lo ocuparán otras pacientes, por lo que la única consecuencia será que se tratará al mismo número de casos, con la diferencia de que todos serán parejas heterosexuales.

Hay quien cree que los motivos económicos ocultan discriminación

Aquí es donde Luisa Notario considera que existe un factor de discriminación. La exrepresentante del grupo de familia de la FELGT insiste en la idea de que no habrá ningún ahorro. No solo por los motivos apuntados por Ana Monzó. Añade uno más. Al no presentar, en general, problemas de esterilidad funcional, las mujeres con pareja homoparental tienen mayores probabilidades de quedarse embarazadas mediante inseminación artificial, un proceso que en los centros privados cuesta a partir de unos 1.000 euros, frente a los 6.000 de un ciclo de fecundación in vitro. De cerrarse definitivamente los quirófanos de los centros públicos a este grupo de pacientes, el potente mercado de los centros privados concentraría toda de demanda, incluida la pequeña porción de mujeres solteras y lesbianas que aún se le escapa en contadas autonomías.

Una portavoz del Ministerio de Sanidad apunta que el criterio ideológico no tendrá ningún peso en la revisión de la cartera de servicios, que está sujeta a razones científicas. “Por eso se ha convocado a especialistas de sociedades científicas y de las distintas autonomías”, apunta.

¿Cuál es la opinión de los especialistas respecto a la atención en centros públicos a solteras o lesbianas para que puedan acceder a sus deseos de maternidad? Su presidente señala que la SEF “no tiene una postura definida”. Este “no es un debate sanitario o de salud reproductiva, sino social”. Y añade: “Son los sistemas sanitarios los que deben definir si están dispuestos a financiar este tipo de tratamientos. No creo que sea una cuestión sanitaria, sino que entra dentro del posibilismo económico”.

“Es una discriminación ideológica”

Elena (izquierda) y Raquel en el comercio que regentan. / JORDI VICENT

El caso del matrimonio de Raquel, de 36 años, y Elena, de 33, es tan ridículo que podría resultar cómico si no estuviera en juego el deseo de ser madre y la lucha por conseguirlo en al ámbito de la sanidad pública. Raquel tiene esterilidad de origen no especificado. Así figura en un documento elaborado por el ginecólogo que la atendió cuando la pareja acudió a su consulta, en un centro público de salud sexual y reproductiva de Valencia, para trasladarle que eran una pareja homoparental y que querían que Raquel fuera la madre biológica de su hijo.

La primera visita fue en marzo de este año. Entonces, el especialista le encargó a Raquel distintas pruebas (citología, análisis de sangre y una histerosalpingografía para ver el estado del útero y los ovarios) y la remitió a la unidad de reproducción asistida del Hospital Clínico. Todos los resultados confirmaron la esterilidad. Sin embargo, en julio, el hospital les denegó la solicitud. Entre marzo y ese mismo mes de julio, la Generalitat había cambiado las reglas de juego y había vetado el acceso a lesbianas y solteras a sus centros de reproducción asistida.

Raquel y Elena acudieron al servicio de información al paciente de la Consejería para presentar una queja. Allí les comunicaron que, de acuerdo con un real decreto del año 2006 y los nuevos criterios de la Generalitat, solo se tratarían casos con “diagnóstico de esterilidad o indicación clínica”.

Raquel, según su ginecólogo, es estéril. “No puede ser otra cosa que una discriminación por razón de orientación sexual”. “Si el médico nos extiende un informe con un diagnóstico de esterilidad, ¿cómo pueden tumbarnos la solicitud precisamente por no ser estéril?”, señala Raquel. El caso está pendiente de recurso.

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